Estoy asumiendo que la persona ya tiene un decreto aprobado y acceptado por el DDEC a estos efectos.
Nos comunicamos con el Departamento de Hacienda (el Área de Consultas) y nos indican que para Hacienda no hay que someter ningún tipo de información adicional. Nos mencionaron que pueden solicitarnos algún tipo de evidencia posterior a la radicación, pero que por el momento no hay una determinación a los efectos de someter una documentación.
Usted pudiera, si lo entiende conveniente, incluir copia del decreto de exención contributiva como anejo. Además, le recomiendo leer el decreto por si le impusieron en su caso alguna condición a estos efectos.
Saludos