IVU- Gasto de Millaje

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  • IVU- Gasto de Millaje

    Posted by Luca Center on 17/11/2015 a las 5:39 pm

    Una oficina de Servicios Profesionales Designados que le paga a sus empleados el gasto de millaje para visitar a sus clientes, y que luego dicho millaje es facturado a cada cliente especifico:

    1- Ese gasto de millage, que se presenta separadamente en la factura de servicio al cliente, se considera tributable o exento del IVU?

    2- De poderse considerar exento, que documentación se tendría que tener?

    Luca Center respondió hace 9 años, 11 meses 2 Miembros · 3 Respuestas
  • 3 Respuestas
  • Luca Center

    Organizador
    20/11/2015 a las 9:20 am

    La Determinación Administrativa 15-17 establece las reglas relacionado a las facturas con desgloses por gastos reembolsados. Ver página 12.

    http://www.hacienda.gobierno.pr/sites/default/files/publicaciones/2015/08/da_15-17_aplicabilidad_del_ivu_en_la_prestacion_de_servicios.pdf

    La determinación no establece ninguna documentación especifico que deba incluirse con la factura. Solo establece que a factura deberá desglosar los distintos servicios prestados, y detallar los gastos reembolsados conforme a lo acordado con el cliente.

    Con respecto al gasto de millaje, según mi interpretación tengo que concluir que no está claro.

    Punto a favor: Me parece que se pudiera argumentar que no está sujeta al IVU pues el requisito que establece la determinación es que sean gastos directamente atribuibles al servicio (como en ese caso, en donde le facturo millaje por visitar al cliente en un día en particular).

    Punto en contra: Cuando Hacienda establece cuales son los gastos que no cualificaran para la exención habla de los que no se atribuyen directamente al servicio y dá varios ejemplos. Estos ejemplos están dirigidos a gastos que benefician la operación completa del negocio (y no el servicio prestado al cliente en específico), como lo sería los empleados, out of pocket, servicios profesionales contratados, etc. etc. Digo que esto puede resultar en un punto en contra, pues Hacienda pudiera tratar dicho pago como ingreso de salario al empleado (dependiendo si es estimado, si está dentro de un “accountable plan”, etc. etc.) y así utilizar el argumento para decir que es tributable para el IVU.

    Voy a pasar la pregunta a Hacienda para ver que me dicen.

    Saludos

  • Luca Center

    Organizador
    17/12/2015 a las 3:30 pm

    Saludos Edil, alguna respuesta de Hacienda sobre esto.

    Gracias.

  • Luca Center

    Organizador
    13/01/2016 a las 9:14 am

    Saludos. Ver contestación de Hacienda:

    El Departamento de Hacienda nos indicó que para que no aplique el IVU en el cobro por el millaje de los servicios prestados se tiene que cumplir con las siguientes condiciones:

    1. El gasto tiene que estar directamente relacionado
    2. Tiene que ser 100% atribuible al servicio
    3. Tiene que estar segregado en la factura

    Ellos no vieron inconveniente en que estuviese relacionado a un reembolso al empleado. No obstante, me parece importante mencionarle que yo le recuerdaría al cliente que esta es la posición verbal de los funcionarios que interpretan la ley, por lo que no es vinculante en caso de una auditoría. (para que sea vinculante el contribuyente tendría que presentar formalmente una Solicitud de Opinion).

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