IRA

  • Luca Center

    Organizador
    24/12/2015 a las 10:29 am

    La Sección 1033.16(a)(7) establece que se permitirá una deducción por la aportación en efectivo a una cuenta de retiro individual conforme la Sección 1081.02 (la cual se refiere a las Cuentas IRAs creada u organizadas bajo las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico).

    Por consiguientes, las aportaciones a Cuentas IRAs de U.S. no son deducibles en P.R.

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