Ganancia en venta de residencia principal

  • Ganancia en venta de residencia principal

    Posted by EULOGIO ROSARIO on 01/05/2026 a las 3:59 pm

    El contribuyente, ciudadano americano, residente de Puerto Rico (no beneficiario de la Ley 22 del 2012) en este año 2026 vende su residencia principal utilizada como tal y de forma continua desde su adquisición y durante los últimos dos y medio años (2024 al 2026) y, desde luego, antes de haber transcurrido un término de tiempo de cinco años.

    Dicha nueva residencia principal vino a sustituir la anterior propiedad (también utilizada como residencia principal) la cual había vendido en el 2023 realizando una ganancia de $300,000 que se difiere en cumplimiento con la Sección 1034.04(m) del Código:

    1. ¿Cualifica para el 100% de exención (según la Ley 180 del 2025 que a su vez enmendó la Ley 60 del 2019) en la venta de la propiedad en el 2026 habiendo utilizado continuamente la misma como residencia principal en más de dos años, pero antes de cumplirse un término de tiempo de cinco años desde su adquisición?

    2. ¿La ganancia diferida, en cumplimiento con la Sección 1034.04(m) del Código, en la venta en el 2023 de la primera propiedad nunca tributará dado que la Ley 180 del 2025 no contempla nada al respecto y bajo el Código dicha ganancia se trata como una reducción a la base de la nueva propiedad?

    Luca Profesores respondió hace 5 días, 20 horas 2 Miembros · 1 Respuesta
  • 1 Respuesta
  • Luca Profesores

    Moderador
    04/05/2026 a las 10:16 am

    Saludos,

    Dos comentarios

    1) La Sección 1034.04 es una exención distinta a la de la Sección 6060.05 del Código de Incentivos. Si aplica esta última, no es necesario utilizar la 1034.04… Por eso, en la planilla, hay un Anejo D1, pero tambien un Anejo D3.

    2) Como lo interpreto, cualifica…. la ley no requiere que se tenga la propiedad 5 años en sus manos, sino que se mire hacia los últimos cinco años y si la persona la vivió 2… pues cualifica.

    Buenos Dias

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