Con respecto a la informativa de dividendos, la obligación de preparar la misma le corresponde a la corporación. La corporación (ya sea Microsoft, Apple, o una corporación de familia) le preparará la informativa al dueño de las acciones quien es la persona con el derecho a recibir el dividendo. Es por esto que a la corporación le debe resultar transparente quien finalmente es la persona que tributará por los dividendos (no me parece razonable imponerle a un director de finanzas de una empresa la responsabilidad de determinar como a nivel individual cada accionista tendrá que reportar dicho ingreso).
Con respecto a la tributación, y en resumen, las instrucciones de la planilla establecen:
- El ingreso por la prestación de servicios deberá ser incluido como parte del ingreso bruto del menor.
- Si los ingresos del menor se consideran ingresos pasivos (tales como los dividendos), los mismos no formaran parte del ingreso bruto del menor y deberán ser informados en la planilla de los padres. (ver página 15 de las Instrucciones de la Planilla de 2014).