Caudal Relicto

  • Caudal Relicto

    Posted by Luca Center on 13/10/2014 a las 4:25 pm

    Una persona la trasladan a EU, buscando tratamiento médico. Lo ubican en un “home”, donde fallece. Estuvo en ese “home” más de seis meses. Para efectos de la planilla de Caudal Relicto se considera residente de PR al momento del fallecimiento? No cuenta con ningún valor ni propiedad en EU. Puedo entender que no estableció residencia en EU.

    Luca Center respondió hace 10 años, 3 meses 2 Miembros · 1 Respuesta
  • 1 Respuesta
  • Luca Center

    Organizador
    14/10/2014 a las 2:35 pm

    Para fines de causal relicto, el concepto de residencia se distancia de las reglas utilizadas para contribución sobre ingresos. En particular, el término residencia para estos fines significa “domicilio”.

    Para poder concluir que la persona dejó de ser residente de Puerto Rico para fines de caudal relicto, se debe realizar un análisis que lo lleve a la conclusión que su estadía en los Estados Unidos no era algo puramente temporero. Por ejemplo, debe sopesar factores como: si la persona compró una propiedad, de donde es la licencia de conducir, donde la persona ejerce su derecho al voto, que hará la persona cuando termine el tratamiento, etc. etc. etc.

    Recuerde que el mero hecho de irse a dar un tratamiento fuera de Puerto Rico y morir no significa que la persona: (a) perdió su domicilio de Puerto Rico porque murió en Estados Unidos, o (b) que mantiene su domicilio en Puerto Rico porque fue solo a darse un tratamiento.

    Esto es una determinación de hechos en donde tendrá que evaluar muchísimos factores para poder concluir.

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