Caudal Relicto

  • Caudal Relicto

    Posted by Luca Center on 15/10/2014 a las 12:13 pm

    Buen Dia:

    Relacionado al caso que discutimos ayer, la persona fallece en el 2011, la planilla de Caudal Relicto debe ser para ese año 2011 ya que segun hacienda esa planilla debe radicarse no mas tardar de 9 meses despues de fallecer y mi segunda pregunta seria en que parte de la planilla coloco la deuda, ya que la persona no tenia Propiedades ni Activos.

    Luca Center respondió hace 10 años, 3 meses 2 Miembros · 1 Respuesta
  • 1 Respuesta
  • Luca Center

    Organizador
    15/10/2014 a las 12:18 pm

    El Código del 2011 establece que slas disposiciones del Subtítulo B del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, se aplicarán a eventos tributables efectuados antes del 1 de abril de 2011. Por consiguiente, si la persona murió despues de dicha fecha en el 2011 entonces le aplica el Código de 2011 y tiene que llenar dicha planilla.

    Cuando complete la planilla, debe incluir las deudas en el anejo de Bajas del Caudal.

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