Taxes
Luca tiene tres grupos para aclarar dudas. Este Grupo se llama TAXES y es para todos los temas... Ver más
Caudal Relicto
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Caudal Relicto
El causante poseía una cuenta en una Cooperativa. En la misma tenía un préstamo garantizado con sus propias acciones. Al fallecer, la cooperativa salda el préstamo con las acciones del causante y posteriormente le da la certificación de valores a los herederos con la cantidad luego de saldar el préstamo. El préstamo contaba con un seguro. La Cooperativa le informa a los herederos que reclamen al seguro la cantidad adeudada al momento del fallecimiento.
1. La cooperativa actuó conforme al Código, al disponer del dinero luego del fallecimiento y antes de obtener un relevo por parte de Hacienda?
2. Al completar la planilla de Caudal Relicto, se informa la cantidad de dinero al momento del fallecimiento, o la cantidad informada por la cooperativa en la certificación?
3. De ser la cantidad al momento del fallecimiento, tendría que la Cooperativa hacer una nueva certificación a esa fecha?
4. La posible cuenta por cobrar a la aseguradora, habría que informarla en la planilla de Caudal Relicto? Surge la duda porque al momento del fallecimiento esa cuenta por cobrar no existía, y además si fuera producto de un seguro de vida, no entraría en los asuntos hereditarios.
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