ley número 132 del año 2010-arrendamiento de propiedad residencial

  • ley número 132 del año 2010-arrendamiento de propiedad residencial

    Posted by Magaly Santiago Ortiz on 05/08/2021 a las 5:13 pm

    Podría proveer la sección del código que menciona que en caso de pérdida de operación de arrendamiento de propiedad residencial y que cumple con la ley número 132 del año 2010, la perdida podrá ser arrastrada para próximo año. En caso de que resultare una ganancia, entonces la ganancia es exenta por la ley antes mencionada.

    Gracias

    Magaly Santiago Ortiz respondió hace 4 años, 9 meses 1 Miembro · 0 Respuestas
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