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FINCEN
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FINCEN
Saludos,
Una entidad sin fines de lucro con exención en Puerto Rico pero no federal, al momento entiendo que tienen que llenar el reporte de FINCEN. Al estar creada antes de 2024 se tiene hasta el 31 de diciembre de 2024 para radicarlo. Ahora bien, si se realizó una enmienda en el Departamento de Estado relacionado a su dirección postal y fisíca, ¿hay que registrar tal cambio en 30 días aunque todavia no se ha realizado el registro o reporte inicial de FINCEN?
¿O por todavia no haber nada en FINCEN como tal pues es como si no se hubiesen echo enmiendas para esos efectos?
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