DISOLUCION CORPORACION

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    Posted by RICARDO MONTALVO on 20/06/2025 a las 4:56 pm

    Saludos.

    Tengo el caso de un dealer de autos que fue vendido y por ende estamos en el proceso del cierre de libros. Para dar de baja la patente, el municipio solicita evidencia de la baja del registro de comerciante y también el certificado de disolución ante el Dpto de Estado. Mi pregunta va dirigida a que en enero y febrero del año próximo hay que radicar W2 y 480. Si doy de baja el registro de comerciante, ¿no me afecta las cuentas de retención de salarios y servicios profesionales en Suri? Tengo el temor de que cancele el certificado y se afecten estas 2 cuentas.

    Gracias siempre por su apoyo!

    RICARDO MONTALVO respondió hace 7 meses, 2 semanas 2 Miembros · 2 Respuestas
  • 2 Respuestas
  • Luca Profesores

    Moderador
    23/06/2025 a las 2:45 pm

    Saludos,

    Estas situaciones son complicadas pues los municipios solicitan información que no necesariamente se ajusta a la realidad de la situación.

    Definitivamente, disolver ante el Dept de Estado no es un documento que haya visto se solicite…. ni una obligación para poder dar de baja una patente.

    Para un cese en un municipio, típicamente he visto solicitan lo del Registro de Comerciante. Esto no debe tener un impacto en las demás cuentas (patronales) pues el cerrar un registro de comerciante tampoco cierra la cuenta de IVU en SURI.

    Buenas Tardes

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