Actividades Comerciales de una LLC

  • Actividades Comerciales de una LLC

    Posted by Carmen Delia Estrella Garcia on 26/09/2024 a las 9:55 am

    Espero que se encuentren bien.

    1. Una LLC, puede tener varias localidades con diferentes actividades comerciales? Es decir, un negocio que ofrezca servicios de catering (con su registro de comerciante), servicios de construcción (con su registro de comerciante) y servicios como agente de seguro (con su registro de comerciante). Es decir en su cuenta de SURI, tener tres registros de comerciantes con tres nombres comerciales.

    2. Para efectos de libros contables, se deben llevar apartes?

    3. Para efectos de contribuciones, se registran en la planilla de LLC.?

    4. Un dealer de motoras y piezas puede solicitar el certificado de revendedor?

    Gracias anticipadas.

    Luca Profesores respondió hace 1 año, 11 meses 2 Miembros · 3 Respuestas
  • 3 Respuestas
  • Luca Profesores

    Moderador
    26/09/2024 a las 4:16 pm

    Saludos

    1) Correcto

    2) No necesariamente…. Al menos, el chart of accounts debe permitir identificar las partidas para poder hacer el cumplimiento correcto… como por ejemplo, segregar las ventas entre los registros, etc. etc.

    3) Todo va en la planilla de la LLC.

    4) Dependiendo… si el negocio se dedica a la compra para la reventa de propiedad mueble tangible y cumple con los requisitos de la 4010.01(ww).

    Buenos Dias

  • Carmen Delia Estrella Garcia

    Miembro
    26/09/2024 a las 10:42 pm

    Buenas noches:

    1. Para efectos de una oficina contacto en la residencia, se podrián realizar los tres registros de comerciantes con la misma dirección?

    2. Se deben manejar en cuentas bancarias diferentes? o no necesariamente?

    3. Entendido.

    4. Entendido.

    Gracias anticipadas.

  • Luca Profesores

    Moderador
    27/09/2024 a las 5:29 pm

    Saludos,

    Una localidad (dirección) puede tener multiples registros de comerciantes y no se crea problemas en SURI.

    Sobre la cuenta de banco, ya es un asunto de como la persona lo quiera manejar. De que exista una obligación en ley para hacerlo la respuesta es que no. No obstabte, si contablemente se le hace mas facil, pues ya eso sería otro call.

    Buenas Tardes.

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